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martes, 7 de enero de 2014

LAS 3 INSOLENTES MEDIDAS DE RAJOY PARA ACABAR CON LOS DESAHUCIOS.

Ya se sabía que fueron mera propaganda, incluso “publicidad engañosa” en palabras del juez Joaquím Bosch de JpD.
Nos referimos a esas 3 medidas que el gobierno de Rajoy ponía en marcha cada vez que había una demanda social en la calle, (como hizo al deshechar la ILP por la dación en pago), cada vez que aumentaba la presión social de los afectados (con casi 1000 desahucios ya parados), o cada vez que salía a la luz un nuevo suicidio (pese a que se han silenciado la gran mayoría).

¿Medidas para reformar la ley hipotecaria del año de Maricastaña? No, claro que no.
¿Medidas para evitar el endeudamiento de las familias y los privilegios de esa banca que siempre gana? Tampoco.
¿Medidas para proteger a las personas desahuciadas? Que va.
De lo que estamos hablando es del “Código de Buenas Prácticas”, un eufemismo para rogar a los bancos que se portaran bien, si ellos querían; del Real Decreto Ley 27/2012, que, en esa neolengua política tan utilizada por nuestros gobernantes, denominaron “Medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios” que prácticamente no protegía casi a nadie; y de la última Ley 1/2013 de “Medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social” llamada popularmente “Ley Antidesahucios", pero que no lo es puesto que ya Europa la ha tildado de “ilegal” dictaminando sendas sentencias en su contra.

Tres medidas que no solo han demostrado lo que siempre dijimos –que no servirían para proteger a los indefensos ciudadanos a los que se pretendía defender-, sino que antes al contrario, aún han beneficiado más a los bancos, condenando a las familias a deudas o cadenas perpetuas en muchos casos.
Ahora, trascurrido un tiempo más que suficiente para comprobarlo, queda muy claro a quien hizo caso el Gobierno. Y si no, juzguen Udes:

• De un lado, las personas afectadas -a través de las Plataformas Stop Desahucios y PAH- siempre dejaron muy claro que las medidas eran claramente insuficientes; la judicatura -a través de las tres principales asociaciones de jueces- las declararon “arbitrarias” y las calificaron de auténticos “fiascos”; y todos, jueces y afectados, advertían que esas medidas dejaban a la mayoría de las familias fuera.

• Del otro lado, el PP nos vendió en los medios que si se concedía la dación en pago se desestabilizaría el Sistema, así como la Banca, que a través del presidente de la AEB, Sr. Martín Fernández, llegó a pedir que no deberían “introducirse estímulos para dejar de pagar las hipotecas”.
¿A quién pues, hizo caso el Gobierno?...

1. El Código de Buenas Prácticas “para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual” era un ANEXO al Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de “medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos” y constituyó la primera engañifa. Primero por dejar como graciable y voluntario para los bancos el acogerse al mismo, según le interesara; y segundo porque dejaba fuera a la inmensa mayoría de familias afectadas como, de hecho, así reconocieron desde la comisión del Mº de Economía creada “ad hoc”, en el primer trimestre de su aplicación, que el 82% de las solicitudes presentadas fueron excluidas al no cumplir las exigentes condiciones requeridas. (Y un año después, dos de cada tres de las pocas solicitadas -3322 de las 4385- fueron directamente rechazadas y de las aceptadas no todas fueron concedidas).

Para ilustrar lo que decimos referiré tan sólo el último caso que hemos atendido personalmente, estas vacaciones, en un pueblo de CLM: Una familia gitana en situación de precariedad que cumpliendo todas las condiciones de vulnerabilidad exigidas, ve rechazada su solicitud porque su casa (una VPO para más INRI) superaba en 700 euros lo que la tramposa ley permitía para las ciudades de menos de 100.000 habitantes que son 120.000€. Vamos que parece que se hubiera hecho para que no entraran sino las chabolas, o las casas más viejas y deterioradas.
2. La moratoria de 2 años o Real Decreto-ley 27/2012, de 15 de noviembre sobre “medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios”. Igual que el Código de Buenas Prácticas, este RD está teniendo un alcance muy restringido y es tan rechazable como la anterior medida, primero porque excluye a la gran mayoría de familias y segundo, porque en el caso de la moratoria que terminará a finales de este año –si es que puede llamarse así- hay más fallas que en Valencia, como ahora veremos. Jocosamente decía “El Gran Wyoming” que con este decreto el portal de Belén, se lo hubiera quedado Bankia.

¿Qué quien hablaba de fallas? Pues también aquí han sido los propios jueces españoles los que han puesto el grito en el cielo. Y es que esta normativa deja fuera de la paralización de los desahucios por esos dos años a muchísimas familias afectadas: desde las familias con dos hijos (entran las de tres), o las madres solteras con un solo hijo (entran las que tienen dos hijos a cargo), hasta los casos en los que la casa se la queda por subasta un tercero (si entra si es el banco), o los pensionistas y jubilados que tampoco podrían acogerse a la paralización del desahucio si no tienen otras cargas familiares o son dependientes y además -en ningún caso- se paralizan los intereses de demora, por lo que la deuda seguirá aumentando y muy probablemente será más difícil de pagar dos años después.

3. La “Ley Antidesahucios o Ley 1/2013, de 14 de mayo de “Medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social”. Esta ha sido la última puñalada de un Gobierno a sus ciudadanos con más dificultades a la vez que una nueva caricia a la banca a quien ayuda descaradamente con los recursos públicos de todo un pueblo. Otra perversa Ley, censurada en una Europa a la que este gobierno pretende burlar, y con la que permitía a los jueces que corrigieran las ilegítimas e ilegales clausulas abusivas, cuando así se recurrieran, con lo que subrepticiamente quedarían validadas por sentencia. Algo que no solo el Tribunal de Justicia Europeo ha descalificado, sino que hasta los propios jueces han denunciado recientemente. Porque ésta Ley 1/2013, en su Disposición Transitoria 2ª, creó una herramienta muy útil para la banca al obligar a los jueces a moderar los intereses de demora bancarios cuando éstos fueran abusivos, ajustándolos al límite de tres veces el interés legal del dinero. Esta decisión, sin embargo, va contra el criterio de la Justicia de la Unión Europea, que considera que, en caso de abusos, la consecuencia judicial debe ser la total eliminación de la cláusula, con la consecuente ganancia cero para la banca por este concepto, cosa que no ha ocurrido.

En definitiva, éste repugnante gobierno, además de haberse puesto del lado de la banca y no de la ciudadanía, como ya se ha visto en el RD de la moratoria de los dos años, permitiéndole no paralizar los intereses de demora, y además de estar haciéndolo nuevamente, como se ha comentado, en el tema de los intereses abusivos, lo vuelve a hacer -y en esa pelea estamos- con el caso de “las clausulas suelo” donde aún no ha movido ficha y apenas ha hecho unas recomendaciones para la galería. Como también aquí ya denunciamos “Y ahora, a por las cláusulas suelo abusivas”, se están regularizando novaciones de hipotecas que –si no estamos al loro- bajo el pretexto de ayudar a quien no puede pagar en este momento, les ofrecen eliminar las clausulas suelo durante unos años de carencia, pero sin advertir que lo que consiguen es que firmemos una nueva hipoteca que las perpetúan hasta el final y la revalidan para que ya no se puedan recurrir en el futuro.

Tres ejemplos más de cómo este gobierno del PP favorece a los bancos en contra de las familias afectadas, incluso en plena la crisis y aprovechándose del drama de los desahucios.
Nuestra esperanza para este año está, por un lado, en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y, por otro, en nuestra lucha, la de las más de 200 PAH de toda España sin las cuales nada o casi nada de lo que llevamos logrado (centenares de daciones en pago, quitas, condonaciones de deuda, paralización de subastas,…), se hubiera conseguido y la verdad, como ya estamos demostrando, es que...
... SI SE PUEDE.